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Qué lleva el QR de una factura VERI*FACTU y cómo se forma

El QR tributario es una dirección de la Agencia Tributaria con cuatro datos de la factura: NIF del emisor, serie y número, fecha de expedición e importe total. Quien recibe la factura lo escanea y comprueba si consta. Lo regulan los arts. 20 y 21 de la Orden HAC/1177/2024.

Los cuatro datos

  • nif: el NIF del emisor de la factura.
  • numserie: la serie y el número de la factura, hasta 60 caracteres.
  • fecha: la fecha de expedición, en formato dd-mm-aaaa.
  • importe: el importe total de la factura, con punto decimal y como mucho dos decimales.

Los datos van codificados para URL en UTF-8: un «&» dentro de la serie se escribe «%26».

Cómo queda la dirección

Con los datos de ejemplo de las especificaciones de la Agencia Tributaria (NIF 89890001K, serie y número 12345678&G33, fecha 1 de septiembre de 2024 e importe de 241,40 €), la dirección de un sistema VERI*FACTU en producción es:

https://www2.agenciatributaria.gob.es/wlpl/TIKE-CONT/ValidarQR?nif=89890001K&numserie=12345678%26G33&fecha=01-09-2024&importe=241.4

En los sistemas que no envían los registros a Hacienda (los «no VERI*FACTU») la dirección termina en ValidarQRNoVerifactu. Puedes ver cómo queda cualquier QR, con su dirección, en el generador de QR de prueba.

Cómo tiene que verse en la factura

  • Código QR según la norma ISO/IEC 18004, con nivel de corrección de errores M.
  • Entre 30×30 y 40×40 milímetros, al principio de la factura y con el texto «QR tributario:» encima.
  • En los sistemas VERI*FACTU, además, la frase «Factura verificable en la sede electrónica de la AEAT» o «VERI*FACTU».

Un QR bien hecho no basta

El QR es la parte visible. Lo que exige el Reglamento de los sistemas de facturación (Real Decreto 1007/2023) es que el programa genere un registro de cada factura, lo encadene con una huella con el anterior y, en la modalidad VERI*FACTU, lo envíe a la Agencia Tributaria. Por eso el QR lo tiene que poner el propio programa de facturación al emitir: un programa adaptado, como Contablio (programa de Grupo Blio) por ejemplo, lo genera con los datos de cada factura.

Desde cuándo es obligatorio

Las fechas vigentes, según el Real Decreto-ley 15/2025, son el 1 de enero de 2027 para quienes pagan el Impuesto sobre Sociedades y el 1 de julio de 2027 para los autónomos y demás obligados. Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que prevé aplazarlas a 2028, pero a 27 de octubre de 2026 ese aplazamiento no está publicado en el BOE: hoy valen las fechas de 2027.

Normativa

Información general, no asesoramiento para un caso concreto.

Dudas

Preguntas frecuentes

¿Qué datos lleva el QR de una factura?

Cuatro: el NIF del emisor, la serie y el número, la fecha de expedición y el importe total, dentro de una dirección de la Agencia Tributaria.

¿Qué tamaño debe tener el QR?

Entre 30×30 y 40×40 milímetros, con nivel de corrección de errores M (art. 21 de la Orden HAC/1177/2024).

¿Se ha aplazado VERI*FACTU a 2028?

Está anunciado, pero no publicado en el BOE a 27 de octubre de 2026. Las fechas vigentes siguen siendo el 1 de enero de 2027 para las sociedades y el 1 de julio de 2027 para el resto.